En un momento de tantos cambios a nivel procesal, una contínua formación es el pilar de nuestro trabajo. Prestamos asesoramiento para cumplir con los requisito de forma en los distintos procedimientos.
Representación procesal ante la Administración de Justicia. Un servicio de procuraduría basado en la solvencia, la transparencia y el compromiso ético con cada procedimiento.
Licenciada en derecho por la Universidad Autónoma de Madrid, comienza el ejercicio de la profesión de procuradora en el año 1997, tras su formación en el despacho del Procurador de los Tribunales, D. Jose Luis Ferrer Recuero.
Más de veinticinco años de ejercicio ininterrumpido de la profesión y una acreditada experiencia en procedimientos litigiosos en materia de marcas, patentes y propiedad intelectual, le han permitido una especilización en la tramitación de procedimientos ante los órdenes civil, mercantil, contencioso-administrativo y penal.
En la actualidad, colabora estrechamente con el despacho FV PROCURADORES de Madrid y desde el año 2021 es miembro del Servicio de Representación Procesal del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid, dónde lleva a cabo labores de asesoramiento y asistencia al ciudadano, así como visitas regulares a Centros Penitenciarios, acercando la procura a los internos.
La Ley de Eficiencia Procesal 1/2025, que ha entrado plenamente en vigor con fecha 31 de diciembre de 2025, supone un cambio sustancial en el organigrama judicial. Desaparece la antigua denominación de los Juzgados de Instancia y, en su lugar, se crean los Tribunales de Instancia, divididos en el orden civil en tres Secciones:
El Capítulo V de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Ley 1/2025, recoge en sus artículos 84 a 87 la regulación de estas Secciones y las materias de su conocimiento.
Seguimiento exhaustivo y prioritario de plazos en sumarios, procedimientos abreviados y juicios rápidos. Asistencia y representación inmediata ante los Juzgados de Instrucción y lo Penal, asegurando una comunicación fluida con el letrado en causas delicadas.
En el orden penal se crean las siguientes Secciones:
Como novedad, entra en funcionamiento la Sección de violencia contra la infancia y adolescencia, que conocerá de los delitos señalados en el artículo 89 bis cuando la víctima sea menor o adolescente.
Representación técnica en litigios contra las Administraciones Públicas. Control riguroso de señalamientos y vencimientos en procedimientos abreviados y ordinarios, facilitando la compleja burocracia administrativa ante los tribunales.
En el orden contencioso se crea:
En el orden social, se crea la Sección Social (artículo 94 LOPJ), que conocerá de las materias reguladas en el artículo 8 de la Ley de la Jurisdicción Social.
El Tribunal Central de Instancia extiende su conocimiento a todo el territorio nacional y cuenta con las siguientes Secciones.
Las materias objeto de su conocimiento se regulan en el artículo 95 LOPJ.
Especialización en derecho societario y concursos de acreedores. Nos encargamos de la tramitación de expedientes mercantiles complejos, impugnación de acuerdos sociales y gestión documental corporativa con la máxima confidencialidad y precisión.
La Ley 1/2025 de Eficiencia Procesal también ha traído como novedad importante el llamado “requisito de procedibilidad”, regulado en el Título II de la Ley, artículos 2 a 10, que regula los medios adecuados de solución de controversias (MASC), como requisito previo a la interposición de la demanda.
Te asesoramos sobre otros medios alternativos de solución de controversias: conciliación privada y mediación.
En un momento de tantos cambios a nivel procesal, una contínua formación es el pilar de nuestro trabajo. Prestamos asesoramiento para cumplir con los requisito de forma en los distintos procedimientos.
Analizamos y gestionamos las notificaciones del Tribunal en el día
Hacemos un seguimiento del procedimiento e impulsamos su tramitación
Informamos al letrado sobre las gestiones realizadas y actualizamos estado tramitación.
Gestionamos en el Tribunal dudas y consultas
"Compromiso, rigor técnico y respuesta inmediata desde la primera notificación."
Asesoramos en la tramitación de comisiones rogatorias y realizamos actos de comunicación que tengan por objeto emplazar o notificar a empresas o personas físicas en España.
Tramitamos el reconocimiento y ejecución de sentencias dictadas en Tribunales extranjeros.
Le ofrecemos un presupuesto transparente y sin compromiso.